Establecimientos con 100 personas en adelante tendrán la obligación de hacer pruebas COVID19

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La Jefatura de Gobierno publicó en la Gaceta Oficial el Aviso por el que se dan a conocer modificaciones a los Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, en relación con la obligación que tienen las personas físicas o morales titulares de los establecimientos y responsables de las actividades que se encuentren operando, de practicar pruebas a sus trabajadores.

Este aviso surte efectos a partir de ayer, miércoles 29 de julio, y hasta nuevo aviso que se derive de las sesiones del Comité de Monitoreo capitalino y queda en los siguientes términos:

•Las personas titulares de los establecimientos de las actividades, que conforme al color del Semáforo Epidemiológico se encuentren operando y cuya plantilla laboral sea de 100 o más personas, deberán realizar, a su costa, pruebas semanales de detección del virus SARS-CoV2 en RT-PCR de reacción en cadena de la polimerasa, autorizadas por las autoridades sanitarias para diagnosticar COVID-19.

•Las pruebas deben practicarse a por lo menos el 3 por ciento de la totalidad de la plantilla que se encuentre laborando de manera física en cada centro de trabajo, ya sea de forma individual o grupal.

•Se entenderá por prueba grupal a aquella que sea practicada a un grupo de máximo 15 personas, preferentemente que compartan espacios o tengan mayor contacto entre ellos.

•Esta prueba grupal consistirá en la toma de muestra a cada una, las cuales se combinarán y procesarán como una sola prueba de reacción en cadena de la polimerasa de diagnóstico del virus SARS-CoV-2. Las personas titulares de los establecimientos de las actividades que se encuentren operando, por sí mismas o a través de las personas que designen como responsables del centro laboral, tendrán la obligación de reportar al Servicio Público de Localización Telefónica 55 56 58 11 11 (LOCATEL), la fecha en que se les practicó la prueba y su resultado. El personal del Servicio proporcionará un folio del reporte realizado.

Deberán asegurarse de que cada uno de los trabajadores del grupo al que se le practicó la prueba se realicen un autodiagnóstico COVID-19. Si la prueba grupal dio positivo de COVID-19, se ordenará resguardo domiciliario al grupo completo y deberá realizarse una prueba individual a cada integrante.

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