El artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos de la CDMX se interpretó como permiso para invadir predios y colocar en indefensión a los propietarios.
Las comisiones unidas de Derechos Humanos y Normatividad y Prácticas Parlamentarias corregirán la redacción del artículo, que generó polémica por supuestamente fomentar la invasión de predios.
Dicho artículo dice que “para evitar que los desalojos forzosos o lanzamientos violen, entre otros derechos, el derecho a una vivienda adecuada, podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales”. Esto coloca en estado de indefensión a los propietarios.
Antes de un desalojo “las personas que serán desalojadas tienen el derecho a… la debida indemnización en caso de ser privados de bienes o sufrir pérdidas materiales”.