Terapias de conversión sexual serán castigadas

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Foto Alusiva

El Congreso de la capital aprobó (49 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones) la reforma del artículo 206 bis al código Penal  con el cual se estableció la sanción de 2 a 5 años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo comunitario para aquel que obligue o practique las terapias de conversión sexual.

Por lo que todas aquellas “sesiones psicológicos, psiquiátricas, métodos o tratamientos con la aplicación de violencia física, moral psicoemocional, con tratos crueles, inhumanos o degradantes en contra la dignidad humana” serán castigadas ante la ley por menospreciar la identidad sexual de las personas.

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