INAI ordena a FGR informar sobre sentencias por desaparición y desaparición forzada

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• La Fiscalía omitió consultar a unidades administrativas cuyas facultades están relacionadas con la solicitud.

• Solo proporcionó información de cinco sentencias absolutorias, causa penal y juzgado donde fueron dictadas.

INAI ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) que informe sobre el total de sentencias condenatorias y absolutorias en materia de desaparición de personas y de desaparición forzada, dictadas en primera instancia.

De la misma manera, el órgano de transparencia solicitó que se incluya información referente a la causa penal y el juzgado en el que se dictaron las sentencias, así como la penalidad del 1 de enero de 2007 al 31 de octubre de 2019.

Inicialmente, en respuesta a una solicitud de información, la FGR, a través de la Coordinación de Planeación y Administración, indicó que no contaba con la información solicitada. Sin embargo, proporcionó el número de sentencias absolutorias y condenatorias en primera instancia, relacionadas con el delito de desaparición forzada de personas del año 2013, fecha en que comenzó la captura y validación de la información, a octubre de 2019.

Asimismo, respondió que el módulo estadístico de las carpetas de investigación se encontraba en construcción, por lo que no contaba con información de sentencias por delito.

De la misma manera, informó que la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales, la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada y la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo indicaron que contaban con cero registros de la información solicitada.

Sin embargo, la Fiscalía no agotó el procedimiento de búsqueda de información, al no incluir información existente en otras unidades administrativas cuyas facultades están relacionadas con la solicitud y no fueron consultadas, siendo el caso: la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Desaparición Forzada, la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas y las Delegaciones en las entidades federativas.

Por ello, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. Ante el Pleno, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena refirió que la desaparición de personas es una de las manifestaciones que refleja la existencia de un problema urgente en materia de derechos humanos en México y, sostuvo, que esta situación ha contribuido a perpetuar la impunidad, la estigmatización y vulneración de derechos, tanto de las víctimas como de sus familiares.

Ante una inconformidad presentada por el solicitante, la Fiscalía mediante un alcance a su respuesta inicial proporcionó la causa penal y el juzgado en donde se obtuvieron cinco sentencias absolutorias.

Sin embargo, al no agotarse el procedimiento de búsqueda, el INAI determinó que no es posible validar que no cuente con la información concerniente al periodo señalado y le instruye a la Fiscalía realizar una nueva búsqueda de la información del periodo 2007 a 2012 en todas sus unidades administrativas competentes y entregue el resultado de la misma.

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