Entre las nuevas reglas del home office está el que la empresa deberá pagarte luz e internet

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Foto: Especial

El Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general y particular, con 91 votos, la minuta que reforma el artículo 311 y adiciona el capítulo XII BIS de la Ley Federal de Trabajo, en materia de teletrabajo o home office.

Ahora, sólo falta que el presidente Andrés Manuel López Obrador promulgue la reforma para que las medidas entren en vigor.

Un derecho nuevo será el que se debe respetar la desconexión al término de la jornada laboral, y que se debe inscribir en el régimen obligatorio de la seguridad social a quienes realicen teletrabajo.

Otras de las nuevas obligaciones de las empresas con respecto al home office son:

  • Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.
  • Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
  • Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social.
  • Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo.
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