SFP presenta lineamientos para empleados de la APF ante COVID-19

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La Secretaría de la Función Pública (SFP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los criterios para el manejo de recursos humanos que deben aplicarse a los empleados de la Administración Pública Federal (APF) como medida de prevención ante la pandemia por coronavirus.

En un comunicado, se informó que las instituciones de la APF pueden permitir el trabajo en casa para los servidores públicos en mayor riesgo: mayores de 60 años, personas con discapacidad, mujeres embarazadas y quienes tienen enfermedades crónicas.

La medida se implementa a partir del 23 de marzo y hasta el 17 de abril y permitirá los días de trabajo alternados para los servidores públicos con hijos o hijas menores de 12 años y horarios escalonados -consideradas ocho horas efectivas de jornada de trabajo-.

También, los empleados podrán hacer llegar constancias electrónicas emitidas por las instancias de seguridad social, en caso de incapacidades y de la justificación de inasistencias por síntomas de enfermedades respiratorias.

Los criterios no implican la autorización de vacaciones, viáticos, pasajes u otro tipo de erogación adicional y para su aplicación las personas servidoras públicas deberán observar los principios y valores de honestidad, cautela, respeto, responsabilidad y proporcionalidad, refirió el documento.

Estos criterios son obligatorios para las dependencias de la APF, los órganos desconcentrados, los órganos reguladores coordinados en materia energética, la Oficina de la Presidencia, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, y las entidades paraestatales.

En el comunicado también se establece que serán la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los titulares de las Unidades de Administración y Finanzas serán responsables de la aplicación de los criterios y tomarán las medidas necesarias para su implementación.

Quedan excluidas de su aplicación las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, las instituciones y autoridades que participen en la Seguridad Nacional, la Guardia Nacional y la de Seguridad Ciudadana, así como las instituciones que presten servicios públicos de salud y protección civil, finaliza el texto.

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