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Endurecen sanciones a transporte con materiales peligrosos en CDMX: límite de 30 km/h y multas de hasta 68 mil pesos

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El secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho, informó que el Gobierno de la Ciudad de México endureció las reglas para los vehículos que transportan materiales tóxicos o peligrosos. Las modificaciones al Reglamento de Tránsito, publicadas el pasado 10 de octubre en la Gaceta Oficial, establecen un límite máximo de velocidad de 30 kilómetros por hora y prohíben su circulación en vías de acceso controlado, como los segundos pisos o principales avenidas.

De acuerdo con el funcionario, las sanciones por incumplir estas disposiciones serán severas: de 100 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a entre 11 mil 350 y 68 mil pesos, según la gravedad de la infracción. Además, se implementará una nueva licencia de manejo E-13, exclusiva para conductores de este tipo de unidades, que incluirá evaluaciones más estrictas antes de su emisión.

El artículo 9 del decreto precisa que, en ausencia de señalización específica, los vehículos que transporten sustancias peligrosas deberán respetar el límite de 30 km/h “en cualquier zona o vía de circulación”. En tanto, el artículo 26 prohíbe su tránsito por vías de acceso controlado y contempla multas de 200 a 600 UMA para quienes incumplan.

Vázquez subrayó que estas reformas buscan reducir el riesgo de accidentes y reforzar la seguridad vial, especialmente en zonas urbanas donde la circulación de transporte con materiales peligrosos representa un alto potencial de daño en caso de siniestro.

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