El descarrilamiento del Tren Interoceánico ocurrido el 28 de diciembre de 2025 dejó una lección dura y clara: cuando se ignoran los límites, el riesgo se vuelve fatal. Así lo concluyó la fiscal general Ernestina Godoy al informar que la causa del accidente fue el exceso de velocidad, motivo por el cual la Fiscalía General de la República ejercerá acción penal por homicidio culposo y lesiones culposas contra quien resulte responsable.
El siniestro ocurrió en el tramo Salina Cruz–Coatzacoalcos, a la altura de Nizanda, Oaxaca. Ahí, especialistas revisaron cada detalle: desde las vías y la locomotora, hasta la información contenida en la llamada “caja negra”. El dato central fue contundente: el tren circulaba a 65 kilómetros por hora en una zona donde el límite era de 50 para pasajeros y 45 para carga.
La investigación incluyó inspecciones a lo largo de diez kilómetros de vía, revisiones técnicas al tren —compuesto por dos locomotoras y cuatro coches— y análisis topográficos del punto del accidente. También se recabaron testimonios de sobrevivientes y familiares de las víctimas. El saldo fue devastador: 13 personas fallecidas y 97 lesionadas.
Lo que no se encontró resulta igual de relevante. No hubo fallas en rieles, durmientes, sistemas de acople ni en los frenos. Todo funcionaba correctamente. Incluso, los registros muestran que el tren frenó por completo minutos antes. Sin embargo, después de esa pausa, el maquinista aceleró de forma abrupta hasta llegar a la curva donde ocurrió la tragedia.
El informe también reveló que en tramos rectos el tren alcanzó velocidades de hasta 111 kilómetros por hora, muy por encima de lo permitido. La combinación de velocidad y curva cerrada fue letal.
Más allá de responsabilidades penales, el caso deja una reflexión inevitable: la infraestructura puede estar en regla, pero sin decisiones responsables al mando, cualquier sistema se vuelve vulnerable. En el transporte, respetar los límites no es un trámite; es la línea que separa el trayecto seguro del desastre.
